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NOTA DE PRENSA
Por la afectación a su derecho a la consulta previa
Poder Judicial resolverá si ratifica sentencia favorable para la comunidad awajún de Supayaku

Río Chirinos. Límite natural entre las comunidades Awajún de San Ignacio (Cajamarca)
El día 12 de junio de 2018, la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima llevará a cabo una audiencia (vista de la causa) por la apelación interpuesta por el Ministerio de Energía y Minas (MEM) contra la sentencia, emitida en agosto de 2016, que declaró fundada la demanda de amparo interpuesta por la comunidad indígena awajún de Supayaku, por haberse afectado su derecho a la consulta previa. En dicha sentencia, el Quinto Juzgado Constitucional ordenó “La suspensión de la fase de exploración del proyecto "Yagku Entsa" se dará en la etapa que se encuentre, hasta que la demandada (Ministerio de Energía y Minas) tome las medidas necesarias para determinar la viabilidad de la continuación del proyecto previa consulta de la actora y otros pueblos indígenas que podrían ser afectadas.”
En esta audiencia judicial se realizará un informe de derecho, a cargo de la defensa legal de la comunidad asumida por FEDEPAZ; y un informe de hechos, a cargo del presidente de la Organización Regional Fronteriza Awajún de Cajamarca (ORFAC) y representante de la comunidad indígena awajún de Supayaku (San Ignacio, Cajamarca) principal afectada.
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Reconociendo que las Rondas Campesinas pueden ejercer funciones jurisdiccionales
Fiscalía de Huancabamba archiva la denuncia contra dirigentes de la Ronda Campesina de Huancabamba
El pasado 17 de enero de 2017, la Ronda Campesina del Barrio La Villa de Huancabamba, en legítimo ejercicio de su facultad constitucional para administrar justicia, detuvo a Alexander García Carrillo, involucrado en el asesinato del campesino Hitler Jaramillo Mez. La ronda decidió imponerle cadena ronderil, en estricto respeto a sus derechos fundamentales, y ponerlo a disposición de la autoridad judicial penal correspondiente.
Sin embargo, los familiares de Alexander García Jaramillo interpusieron un hábeas corpus a su favor, el mismo que fue declarado infundado por el Primer Juzgado Mixto de Huancabamba. En forma paralela, interpusieron una denuncia penal por delito contra la vida el cuerpo y la salud – lesiones graves, contra Percy Peña Carrasco e Isaac Huamán Contreras, dirigentes de la Ronda Campesina Provincial de Huancabamba.
Después de la investigación del caso y considerando que tanto la Constitución Política del Perú[1] como el Acuerdo Plenario Supremo del Poder Judicial[2], reconocen que las Rondas Campesinas tienen funciones jurisdiccionales; la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huancabamba decidió archivar la investigación penal contra los referidos dirigentes campesinos ronderos.
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Autoridades comunales invocan al diálogo para proteger el derecho a la educación en Supayaku
Supayaku es una comunidad del pueblo indígena awajún de la región peruana de Cajamarca. Su población se distribuye en 1 comunidad central: Supayaku, y en 8 comunidades menores o anexos: Yamakey, Datem, Najem, Nuevo Kunchín, Suwa, Valencia, Saawientsa y Chingozales.
Existe otra comunidad awajún en la región, Naranjos. Ambas mantuvieron un conflicto alrededor de la actividad minera inconsulta en sus territorios. Sobre esto se recomienda leer “Un río de esperanzas. Situación de las comunidades awajún de San Ignacio, Cajamarca”.
En esta ocasión, el pueblo de Supayaku ha vivido días de tensión por un conflicto en Yamakey, su anexo más poblado ubicado a la entrada de esta zona awajún. A dos meses de haberse iniciado el año escolar a nivel nacional, en Yamakey, sus principales líderes y autoridades decidieron rechazar a 5 (de 6) docentes provenientes de la comunidad central de Supayaku y exigir que se contrate a profesores de Yamakey. En resumen, los niños y niñas llevaban dos meses sin clases y los docentes oficialmente designados para dicha escuela, sin poder trabajar ni cobrar su salario.
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Cierre definitivo de la oficina administrativa de Río Blanco Cooper S.A. en Huancabamba
El 17 de agosto de 2017, después de un plazo de 10 días otorgado a la Empresa Río Blanco Cooper S.A., la Municipalidad Provincial de Huancabamba (Piura) comprobó que la empresa no había subsanado las omisiones advertidas en una anterior inspección, por lo que, en cumplimiento de sus facultades, resolvió el cierre definitivo de dicha oficina administrativa. En efecto, entre otras cosas, la Municipalidad de Huancabamba constató que esta empresa no contaba con licencia de funcionamiento ni con certificado de inspección técnica de edificaciones, requisitos que exige la ley para su funcionamiento.
Ante ello, Río Blanco Cooper S.A. interpuso una demanda de amparo por violación al debido proceso administrativo, la misma que fue declarada improcedente en primera instancia por el Primer Juzgado Mixto de Huancabamba, el 19 de octubre de 2017. Sin embargo, esta sentencia fue apelada por la empresa y la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Piura resolvió anularla y ordenar que el juzgado de origen dicte una nueva sentencia.
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